miércoles, 27 de enero de 2010

CHEIK AMEIDAN

CONFIRMADA LA SENTENCIA CONDENATORIA A
CINCO AÑOS DE PRIVACION DE LIBERTAD
Antecedentes:
El joven saharaui defensor de derechos humanos CHEIK AMEIDAN fueron condenado el pasado mes de Diciembre de 2009 por el Tribunal Penal en El Ayuna a la pena de 5 AÑOS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD considerándoseles culpable de:
Atentar contra la “cinta transportadora de fosfato” en el octubre del año 2006.
La defensa estaba constituida por los Abogados:
Erguibi Med. Elhabib y Mohamed Fadel Leyli. y Bazid Lamad, Boujali.
Resumen de la Vista Oral:
A las 09:00 h. de la mañana del día 26 de enero de 2010 se procedió a constituir en la sede judicial marroquí en laciudad de El Aaiun, el Tribunal de Apelación, conformado por cinco jueces, y presidido por el juez Marsha, y a su derecha se ubicaba el Procurador del Rey (Fiscal), y a su izquierda el Secretario del Juzgado.
A las 09:05 h., se inició el Juicio comenzó a las 09:50 h., momento en el que fue llamado el acusado, CHEIK AMEIDAN custodiado por dos policías marroquíes. El joven activista saharaui entró en la Sala coreando eslóganes a favor de la Autodeterminación del Sáhara Occidental, de la Paz, y vítores a favor del Frente Polisario, uniéndose a sus consignas a favor de la libertad las mujeres saharauis que se encontraban entre el público en el interior de la Sala.
El acusado estaba ataviado con ropa occidental, porque desde hace 6 meses las fuerzas policiales y penitenciarias marroquíes han prohibido y perseguido el uso de ropa tradicional saharaui en las cárceles, impidiendo que los acusados asistan a juicios vestidos con ésta.
PRESIDENTE.- El Presidente de Tribunal, tras realizar la identificación del acusado, procedió a efectuar directamente el interrogatorio de CHEIK AMEIDAN sobre los hechos objeto de la acusación, quien negó rotundamente su participación en los hechos que se le imputaban y reiteró que fue obligado bajo torturas a firmar una declaración que no había leído y cuyo contenido desconocía. Aclaró el acusado que alguna de las torturas a las que fue sometido por la policía marroquí durante cinco días seguidos, consistió en: “atarle de pies y manos a un palo, manteniendo el cuerpo en posición fetal y suspendido en el aire, en la figura de tortura conocida
como el “pollo frito”,
El Presidente del Tribunal, desoyendo las alegaciones del imputado, insistió en varias ocasiones al mismo sobre su autoinculpación mediante la declaración firmada ante el Procurador del Rey, y sin la presencia de Policía, ni Secretario Judicial, ni Abogados, por lo que, insistía el juez, estaba el acusado en posibilidad de ejercer su libre voluntad y manifestación.
Ante ello, CHEIK AMEIDAN volvió a replicar al Juez que firmó la declaración por miedo a las amenazas del Procurador, que le reiteraba contundentemente que si no firmaba la declaración sería entregado nuevamente a la policía para que continuasen torturándole, y así jamás leyó el contenido de la declaración que fue coaccionado a firmar.
ACUSACION.- A continuación tomo la palabra el Procurador del Rey, quien procedió a relatar sus alegaciones Finales de Acusación interesando una sentencia condenatoria superior a la recaída en primera instancia, atendiendo a la gravedad de los hechos, según su criterio, concretando su petición en SEIS AÑOS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD.
DEFENSA.- Posteriormente intervinieron los Abogados de la Defensa, quienes interesaron la libre absolución de su defendido al no existir prueba alguna que acreditase la participación de CHEIK AMEIDAN en los hechos objeto de la acusación, no se aportó por parte de la acusación ninguna prueba material, documental, testifical ni ningún otro medio probatorio que sustentase la acusación.
En sus alegatos la defensa manifestó que desde la fecha de los presuntos hechos -Octubre de 2006- hasta la detención de su defendido, éste había residido durante más de dos años en la ciudad saharaui de El Aaiún, nunca fue reclamado en modo alguno por la policía marroquí en relación a estos hechos. Y, en Agosto de 2009, tras su regreso de un viaje a Mauritania fue sorpresivamente detenido por la policía en la ciudad de El Aaiún acusado de los hechos por los que se le enjuicia hoy, y tras ser torturado fue ingresado en prisión donde permanece hasta la actualidad.
Reiteraron igualmente que la única prueba alegada por la acusación, y que fundamenta la condena que hoy se recurre, es una declaración firmada ante el Procurador del Rey sin asistencia letrada, tras ser torturado y bajo amenaza expresa de ser torturado nuevamente.
ULTIMA PALABRA.- Finalmente el Presidente del Tribunal concedió la última palabra al acusado, quien haciendo uso de ella, insistió en su no participación en los hechos de los que se le acusaba, manifestando que su detención y condena obedecía a una represalia y coacción que la policía marroquí tenía hacia él por su defensa del derecho de autodeterminación del Pueblo Saharaui.

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